DecretoVigente
Decreto 1915 de 1993
por el cual se suprimen, se crean unos cargos, se traslada la sede de un cargo, se hacen unos nombramientos en el Servicio Exterior.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Indonesia, El Cargo De Primer Secretario, Grado Ocupacional 03 Ex, Encargado De Las Funciones Consulares En Jakarta, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Cuatrocientos Dieciocho Dólares Con 64/100 (Us$ 22Suprímese En El Consulado General De Colombia En Madrid, España, El Cargo De Vicecónsul, Grado Ocupacional 01 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Ochocientos Dieciséis Dólares Con 76/100 (Us$ 13Créase En El Consulado General De Colombia En Madrid, España, Un Cargo De Cónsul De Primera Clase, Grado Ocupacional 03 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Dos Mil Cuatrocientos Dieciocho Dólares Con 64/100 (Us$ 24Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Indonesia, Un Cargo De Tercer Secretario, Grado Ocupacional 01 Ex Encargado De Las Funciones Consulares En Jakarta Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Ochocientos Dieciséis Dólares Con 76/100 (Us$ 15Trasládase La Sede Del Cargo De Segundo Secretario, Grado Ocupacional 02 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Novecientos Setenta Y Dos Dólares Con 80/100 (Us$ 16Nómbrase Al Doctor Carlos Eduardo Ospina Cruz, En El Cargo De Segundo Secretario, Grado Ocupacional 02 Ex, En La Embajada De Colombia Ante El Reino De Suecia, Cargo Trasladado De La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España, Según El Artículo 5° Del Presente Decreto7Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2° y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
- Noemí Sanín De RubioLa Ministra de Relaciones Exteriores
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público