DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1858 de 1989
Por el cual se complementan algunas normas del Código Penal y se dictan otras disposiciones conducentes al restablecimiento del orden público
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, El Que Con El Pretexto De Adelantar Campaña Política O En Desarrollo De Actividades Electorales Utilice Las Armas O Amenace Por Cualquier Medio, Para Obtener Apoyo O Votación Por Determinado Candidato O Lista De Candidatos, O Por Los Mismos Medios Impida A Un Ciudadano El Libre Ejercicio Del Derecho De Sufragio, Incurrirá En Prisión De Tres (3) A Seis (6) Años Y En Multa De Diez (10) A Cincuenta (50) Salarios Mínimos Legales Mensuales2La Competencia Para Investigar Y Juzgar La Conducta Tipificada En El Artículo Anterior, Corresponderá A Los Jueces De Orden Público En Primera Instancia Y Al Tribunal Especial De Orden Público, En Segunda Instancia, Con Sujeción Al Procedimiento Especial Que Rige Para Esta Jurisdicción3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Se Aplica A Los Delitos Cometidos Desde Su Vigencia Y Suspende Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoPresidente de la República
- Orlando Vasquez VelasquezEl Ministro de Gobierno
- Julio Londoño Paredesel Ministro de Relaciones Exteriores
- Monica De Greiff Lindola Ministra de Justicia
- Luis Bernardo Florez Encisoel Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Gral. Oscar Botero Restrepoel Ministro de Defensa Nacional
- Gabriel Rosas Vegael Ministro de Agricultura
- Maria Teresa Forero De Saadela Ministra de Trabajo y Seguridad Social
- Eduardo Diaz Uribeel Ministro de Salud
- Carlos Arturo Marulandael Ministro de Desarrollo Económico
- Margarita Mena De Quevedola Ministra de Minas y Energía
- Manuel Francisco Becerra Barneyel Ministro de Educación Nacional
- Carlos Lemos Simmondsel Ministro de Comunicaciones
- Luz Priscila Ceballos Ordoñezla Ministra de Obras Públicas y Transporte