DecretoCompilado
Decreto 1849 de 2013
por el cual se establece el procedimiento de giro de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP).
12artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Vigencia Y Destinación Del Desahorro De Los Recursos Del Faep3Agotamiento De Los Recursos Del Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera (Faep) Para Las Deudas Reconocidas Del Régimen Subsidiado De Salud Con Las Entidades Promotoras De Salud4Determinación Del Saldo De Capital Disponible Al 31 De Diciembre De 20115Agotamiento De Los Recursos Del Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera (Faep)6En Desarrollo De Lo Previsto En El Artículo Primero Del Decreto-Ley 4972 De 2011, Los Recursos Ahorrados Por El Fondo Nacional De Regalías En El Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera (Faep), Se Someterán Al Término Previsto En Dicha Norma7Utilidades En El Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera (Faep)8Vigencia Del Fondo De Ahorro Y Estabilización Petrolera (Faep)9Giro De Los Recursos10Procedimiento De Giro11Los Recursos Generados Por Diferencia Cambiaria Antes De La Entrada En Vigencia Del Decreto 1074 De 2012, Como Consecuencia Del Trámite De Desahorros Solicitados Por Partícipes Del Faep, Serán Reintegrados Por Parte De La Agencia Nacional De Hidrocarburos A Sus Correspondientes Beneficiarios, Cuyos Rendimientos Financieros Serán Distribuidos En Forma Proporcional Al Margen Cambiario Reconocido12El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1074 De 2012