DecretoVigente
Decreto 1827 de 1955
Por el cual se modifica el Grupo de Prohibida Importación de que trata el Decreto número 371 de 1955
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Todos Los Efectos Del Decreto 331 De 1955, La Siguiente Posición Arancelaria Corresponderá Al Grupo Primero De Importación: Posición Denominación 320 Jabones (Solamente Jabones Especiales Utilizados Para La Trefilación Y Para La Perforación De Pozos Petrolíferos)2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y En Sus Términos Queda Modificado El Decreto Número 371, Del 18 De Febrero De 1955
03