DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1804 de 1951
Por el cual se reorganizan los Departamentos de Vigilancia de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público y el de Presupuesto, Contabilidad, Pagaduría y Proveeduría del Ministerio de Justicia
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Personal Y Asignaciones Mensuales Del Departamento De Vigilancia De La Rama Jurisdiccional Y Del Ministerio Público Del Ministerio De Justicia, Serán Como Sigue, A Partir Del 1° De Septiembre De 1951: Dirección2A Partir De La Misma Fecha De Que Habla El Artículo Anterior, El Personal Y Asignaciones Mensuales Del Departamento De Presupuesto, Contabilidad, Pagaduría Y Proveeduría Del Ministerio De Justicia, Serán Los Siguientes: Dirección3El Ministro De Justicia Distribuirá Las Funciones De Los Departamentos De Vigilancia Jurisdiccional Y Del Ministerio Público Y Del De Presupuesto, Contabilidad, Pagaduría Y Proveeduría Entre El Personal Descrito En Los Artículos Precedentes
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