DecretoVigente
Decreto 1756 de 1959
Por el cual se ordena la construcción de un edificio y bodega para correos y telégrafos, y la adquisición de un lote de terreno en Buenaventura
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ministerio De Comunicaciones Invertirá Los Seiscientos Mil Esos $6002La Construcción Del Edificio De Que Trata El Artículo Anterior, Se Llevará A Cabo De Acuerdo Con Los Planes Que Elaborará La Dirección De Edificios Nacionales Del Ministerio De Obras Públicas, Debidamente Aprobados Por El Ministerio De Comunicaciones, La Inversión De Los Fondos Destinados Para Tal Fin Se Atenderá Por El Ministerio De Comunicaciones, Por Conducto De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones3En Los Anteriores Términos Queda Modificado El Decreto Número 1351 De 1958
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