DecretoDerogado
Decreto 1696 de 2002
por el cual se reglamenta el artículo 36 de la Ley 80 de 1993.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y el artículo 36 de la Ley 80 de 1993
- Angela Montoya HolguínLa Ministra de Comunicaciones