DecretoDerogado
Decreto 164 de 1987
por el cual se modifican las asignaciones básicas de algunos servidores del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1987, Auméntase La Asignación Básica Mensual Al Personal Que Presta Sus Servicios En El Instituto De Seguros Sociales Que No Se Encuentra Vinculado A La Planta De Personal, De Acuerdo Con Los Siguientes Límites Y Porcentajes: Para Remuneraciones Hasta De $ 282Para El Personal Fuera De Planta Que Cumple Funciones Similares A Las De Funcionarios De Seguridad Social Se Aplica El Porcentaje Que Resulte Favorable, Entre El Señalado En El Artículo Anterior O El Que Señale La Convención Colectiva De Trabajo3Los Auxilios De Alimentación Y Transporte Fijados Para Los Funcionarios De Seguridad Social Se Harán Extensivos Al Personal Indicado En El Artículo 2º De Este Decreto4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto-Ley 77 De 1986 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1987
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1986
- César Gaviria TrujilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José Name TeránEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Diego Younes MorenoEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil