Micelio
DecretoVigente

Decreto 1635 de 1976

Por el cual se establece la Planta de Personal del Gabinete del Ministro de Hacienda y Crédito Público

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Serán Cumplidas Por A Planta De Personal Que A Continuación Se Establece No2La Autoridad Nominadora Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen En El Presente Decreto3Los Actuales Empleados Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Que Fueren Incorporados En Cargos Con Remuneración Inferior A La Que Estén Devengando En El Momento De La Incorporación Continuarán Devengando La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior4Los Actuales Empleados Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Ser Incorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando Deberán Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Funciones5En Los Casos En Los Cuales Se Trasladen Funcionarios Entre Las Diferentes Dependencias Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Se Entenderá Para Todos Los Efectos Legales Y Fiscales Que El Servicio Se Ha Prestado Sin Solución De Continuidad Y Los Salarios Seguirán Siendo Pagados Por El Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Al Cual Pertenecían Inicialmente Los Mencionados Funcionarios Hasta Tanto Va Incluyan En Una Nueva Planta6Los Funcionarios Del Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público Seguirán Desempeñando Las Funciones De Sus Respectivos Cargos Hasta Tanto Se Incorporen En La Nueva Planta De Personal7El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Marzo De 1976 Para Los Empleados Que Estuvieren Prestando Sus Servicios Al Gabinete Del Ministro De Hacienda Y Crédito Público En Dicha Fecha Y Sean Incorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Presente Decreto8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Artículo 1° Del Decreto 2453 Del 30 De Noviembre De 1973, 241 Del 14 De Febrero De 1974, 266 Del 28 De Febrero De 1974 Y 165 Del 31 De Enero De 1975
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Firmas