DecretoVigente
Decreto 163 de 1986
por el cual se concede autorización a la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, -UNISUR-, con domicilio en Bogotá, para celebrar convenios y contratos interinstitucionales, con el fin de lograr una óptima utilización de sus recursos.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Autorizar A La Unidad Universitaria Del Sur De Bogotá, Unisur, Con Domicilio En La Capital De La República, Para Celebrar Convenios Y Contratos Con Otras Instituciones, Con El Fin De Lograr Una Óptima Utilización De Sus Recursos Que Facilite La Organización De Centros Regionales, Zonales O Locales, Y En General Para El Fortalecimiento Y Consolidación De Programas De Educación Superior Abierta Y A Distancia2º En La Celebración De Los Convenios Y Contratos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, El Rector De Unisur Se Ceñirá A Lo Previsto Sobre La Materia En El Estatuto General De La Entidad Y A Lo Dispuesto En Las Disposiciones Generales Y, En Cada Caso, Previa Autorización Del Consejo Directivo3º Este Decreto Rige Desde Su Publicación En El Diario Oficial
03