DecretoVigente
Decreto 1602 de 1960
Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto vigente (Presidencia de la República, Servicio de Inteligencia Colombiano SIC, y Ministerio de Gobierno, Relaciones Exteriores, Justicia, Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional- Guerra, Fuerza de Policía, Salud pública, Fomento, Minas y Petróleos, Educación Nacional y Comunicaciones)
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1960, Con La Cantidad De Ciento Diez Millones De Pesos ($1102° Con Base En El Nuevo Recurso Fiscal De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1960: Presidencia De La Republica3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición