DecretoVigente
Decreto 1582 de 1922
Por el cual se establece la Aduana de Yavaraté
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establécese En Yavaraté, En El Vértice Que Forma El Río Vaupés Con El Papury, En La Comisaria Especial Del Vaupés, Una Aduana Para, El Cobro De Derechos De Importación Y De Exportación Por La Frontera Con La República Del Brasil2El Personal De Los Empleados De La Aduana Y Sus Asignaciones Mensuales, Serán Como Se Expresa En Seguida: Un Administrador Contador $ 200 Un Reconocedor, Jefe De Resguardo 100 Un Fiel De Balanza 90 Cinco Guardas, Cada Uno A 403Para Útiles Y Enseres De Instalación De La Aduana, Para Locales De La Misma Y Del Resguardo, Y Para Gastos De Escritorio Durante El Primer Año De Funcionamiento De Aquélla, Se Destina Hasta La Suma De $ 5004Por La Importación De Artículos Por La Aduana Que Se Establece En Este Decreto, Se Cobrará El 5 Por 100 Sobre El Valor Declarado En La Factura Ante El Cónsul Colombiano Que La Haya Certificado, O A Falta De Factura, Sobre El Valor: Fijado Por Peritos5La Exportación De Productos De Los -Bosques Nacionales Situados En La Región De La Comisaría Especial Del Vaupés Queda Gravada Con El 10 Por 100 Del Precio Corriente En El Mercado Del Lugar Del Destino; Tanto Por Ciento Que Fija Como Equivalente Al Derecho Por Explotación De Bosques6Fuera Del Celo Del Contrabando, Corresponde Al Resguardo De Yavaraté Cuidar De Que No Se Destruyan Los Árboles De Que Se Extraen Las Materias Exportables
03