DecretoVigente
Decreto 1569 de 1935
Por el cual se determina el lugar donde debe funcionar la estación experimental de zona caliente
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Señalase El Departamento De Bolívar Para La Fundación E Instalación De La Estación Experimental Agropecuaria Correspondiente A La Zona Cálida Del País2Para La Determinación Del Lugar Donde Deba Fundarse La Estación De Que Trata El Artículo Anterior, Se Nombrará Una Comisión Que Estudie Las Condiciones Del Terreno, Vías De Comunicación, Facilidades, Conveniencia E Importancia De Cada Región, Y Demás Factores Esenciales Que Justifiquen El Funcionamiento De Una Institución De Esta Clase3Destínase La Suma De Tres Mil Pesos ($ 3,000) Para Atender A Los Gastos Iniciales Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto, Suma Que Se Imputará Al Capítulo 60, Artículo 279, Del Presupuesto De La Vigencia En Curso
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