DecretoVigente
Decreto 1429 de 1934
Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y egresos extraordinarios de la defensa nacional
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónase El Cálculo De Ingresos Extraordinarios De La Vigencia Fiscal De 1934 En La Suma De Treinta Y Seis Mil Novecientos Setenta Y Nueve Pesos Con Noventa Y Ocho Centavos ($ 36,979 98) Con Los Fondos Provenientes Del Decreto Legislativo 578 De 1934, Para Gastos De La Defensa Nacional, Así: Ministerio De Industrias Y Trabajo Capítulo 732La Tesorería General De La República Depositará En La Cuenta Especial Los Fondos A Que Se Refiere El Crédito Abierto Por El Presente Decreto Para Destinarlos Exclusivamente A Los Gastos Por Él Autorizados
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Absalón Fernandez De SotoEl Ministro de Gobierno
- Alfredo MichelsenEl Secretario de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho · encargado
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Albero PumarejoEl Ministro de Guerra
- Francisco José ChauxEl Ministro de Industrias y Trabajo
- Jaime Jaramillo ArangoEl Ministro de Educación Nacional
- Alberto Camilo SuarezEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Mario Forero CortesEl Secretario del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho · encargado
- Sinforoso OcampoEl Ministro de Agricultura y Comercio