DecretoVigente
Decreto 1280 de 2017
por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecer Un Gravamen Arancelario De Cero Por Ciento (0%) Para La Importación De Los Productos Correspondientes A Las Siguientes Subpartidas Arancelarias: Parágrafo2La Importación De Los Productos Usados Clasificados En Las Subpartidas Mencionadas En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Estará Sujeta Al Régimen De Licencia Previa En El Marco De Lo Establecido Por El Decreto 925 De 20133El Gravamen Arancelario Establecido En El Artículo 1º Del Presente Decreto Tendrá Vigencia Por El Término De Dos (2) Años, Contados A Partir De La Fecha De Entrada En Vigencia De Este Decreto4El Presente Decreto Entrará En Vigencia Quince (15) Días Calendario Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1º Del Decreto 2153 De 2016 Y Sus Modificaciones
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Claudia Lacouture PLa Ministra de Comercio, Industria y Turismo