DecretoVigente
Decreto 128 de 1936
Por el cual se dictan algunas providencias en los ramos de Correos, Telégrafos e Inalámbricos
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Por Necesidades Del Servicio Créase Una Plaza De Mecánico Para La Estación Inalámbrica De Bucaramanga, Con Asignación Mensual De $80 A Partir De Febrero Próximo2Desde La Misma Fecha Suprímese La Plaza De Ayudante De La Oficina Postal Y Telegráfica De La Esperanza, Con Asignación Mensual De $ 403Desde El 1º De Febrero Próximo, Créase Una Plaza De Ayudante Para La Oficina Postal Y Telegráfica De Gachetá, Con Asignación Mensual De $ 404Desde Del 1º De Febrero Próximo, En Adelante, Fíjanse Las Siguientes Asignaciones: La Del Jefe De La Sección De Despacho De Correspondencia De Los Correos De Bogotá, En $ 130 La Del Auxiliar De La Misma Sección Que Desempeña El Señor Alfredo Gilede 110 Las De Ayudante Que Desempeñan En La Misma Sección Julio Cuerco, Rafael A Devia E Ignacio Navas, Cada Una En 65 La De Conserje Que Desempeña Rafael Amado En El Ministerio, En 405Para Las Plazas Creadas Por El Artículo 1º Y 3º De Este Decreto, Hácense Los Siguientes Nombramientos: José García M6Hácense Los Siguientes Nombramientos: Adolfo León Avila, Ayudante De La Administración Principal De Correos De Cali (Sección 2ª
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