Micelio

Artículo 6

Hácense Los Siguientes Nombramientos: Adolfo León Avila, Ayudante De La Administración Principal De Correos De Cali (Sección 2ª

Decreto 128 de 1936 · Por el cual se dictan algunas providencias en los ramos de Correos, Telégrafos e Inalámbricos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Hácense los siguientes nombramientos: Adolfo León Avila, Ayudante de la Administración Principal de Correos de Cali (sección 2ª.), en reemplazo de Jorge E. Luque A., cuyo nombramiento se declara insubsistente. Pedro Agustín Segura y Aníbal Montealegre, Ayudantes de la Sección de Recibo, Distribución y Rezagos de Correos de Bogotá, en reemplazo de Leopoldo Becerra, quien renunció y de Ana Acebedo Becerra, quien no volvió a encargarse. Ana Mercedes Sarmiento, Ayudante de la Administración de Correos de San Gil, en reemplazo de Raquel Jaimes, quien no acepto. Sofía Trujillo Casas, Ayudante de la Administración de Correos de Ibagué, en reemplazo de María Luisa Barrios, quien pasó a otro puesto. Luis Martínez, Administrador de Correos de Barrancabermeja, en reemplazo de Joselín Gómez, quien no acepto. Miguel Salamanca Aguilera, Mensajero de Correos de Bogotá a Caucayá, en reemplazo de Vicente Toscazo Parra, quien falleció.

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de los artículos 1º, 3º y 4º del presente Decreto, se imputará al capítulo 53, artículo 326, del presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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