DecretoVigencia En Estudio
Decreto 127 de 1952
Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 2136 de 1949
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Se Completa La Dotación Del Escalafón De Oficiales Y Suboficiales Que Necesita La Policía Nacional Para Su Servicio, Señalase Los Siguientes Tiempos Mínimos De Servicio En Cada Grado Para Ascenso: Subcomisario, 2 Años; Comisario, 2 Años; Comisario Jefe, 3 Años; Subcomandante, 3 Años; Comandante, 3 Años; Subinspector2Los Ascensos Se Concederán, Previa Selección Del Personal, Y Las Vacantes Se Llenarán Mediante Concurso Entre Los Oficiales Suboficiales Que Hubieren Cumplido Los Demás Requisitos En Cada Grado3Quedan Modificados En Los Términos Anteriores Los Artículos 92 Y 114 Del Decreto 2136 De 19494Este Decreto Regirá Desde Su Sanción
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Firmas
Gobierno Nacional
- Roberto Urdaneta ArvelaezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Juan Uribe HolguinEl Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores · encargado
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José María BernalEl Ministro de Guerra
- Camilo Cabal CabalEl Ministro de Arquitectura y Ganadería
- Alfredo Araújo GrauEl Ministro del Trabajo
- Miguel Antonio Rueda GalvisEl Ministro de Higiene
- Carlos VillavecesEl Ministro de Fomento
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Educación Nacional
- Carlos Echeverri CortésEl Ministro de correos Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas