DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1239 de 1948
Por el cual se declara turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezEl presidente de la República de Colombia En uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y en cumplimiento del mandato del artículo 120, ordinal 7, de la misma Constitución, y
- Eduardo Zuleta ÁngelEl Ministro de Gobierno
- Laureano GómezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- José Antonio MontalvoEl Ministro de Justicia
- José María BernalEl Ministro Hacienda y Crédito Público
- German OcampoEl Ministro de Guerra Teniente General
- Guillermo SalamancaEl Ministro de Agricultura y Ganadería, encargado · encargado
- Evaristo SourdisEl Ministro del Trabajo
- Hernando Anzola CubidesEl Ministro de Higiene
- Guillermo SalamancaEl Ministro de Comercio e Industrias
- Tulio Enrique TasconEl Ministro de Minas y Petróleos
- Joaquín Estrada MonsalveEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente Dávila TelloEl ministro de Correos y Telégrafos
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Obras Públicas