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DecretoVigente

Decreto 1194 de 2016

por el cual se suprimen unos empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en Liquidación, y ordena la incorporación directa de sus titulares en la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y en la Agencia de Desarrollo Rural (ADR).

7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Suprímense De La Planta De Personal Del Instituto Colombiano De Desarrollo Rural (Incoder) En Liquidación, Los Siguientes Cargos: Planta Global N° Cargos Denominación Cargo Código Grado 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 18 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 17 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 10 23 (Veintitrés) Técnico Administrativo 3124 172Los Servidores Públicos Cuyos Cargos Fueron Suprimidos En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Que Vienen Desempeñando Los Empleos Que Se Relacionan A Continuación En El Incoder En Liquidación, Serán Incorporados Directamente A Los Cargos Equivalentes De La Planta De Personal De La Agencia De Desarrollo Rural (Adr): Planta Global No3Los Servidores Públicos Cuyos Cargos Fueron Suprimidos En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Que Vienen Desempeñando Los Empleos Que Se Relacionan A Continuación En El Incoder En Liquidación, Serán Incorporados Directamente A Los Cargos Equivalentes De La Planta De Personal De Agencia Nacional De Tierras (Ant)4En Defensa De La Garantía Constituida Por El Fuero Sindical, Los Siguientes Cargos De Empleados Públicos Se Mantendrán Temporalmente En La Planta De Personal Del Incoder En Liquidación Hasta Su Incorporación En Las Agencias De Desarrollo Rural Y Nacional De Tierras, De Acuerdo Con Lo Previsto En El Presente Decreto, Así: Planta Global N° Cargos Denominación Cargo Código Grado 1 Uno Profesional Especializado 2028 17 1 Uno Profesional Universitario 2044 10 2 Dos Técnico Administrativo 3124 175Los Empleados Públicos Cuyos Cargos Se Suprimen En El Presente Decreto Continuarán Ejerciendo Las Funciones Y Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan En El Instituto Colombiano De Desarrollo Rural (Incoder) En Liquidación, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación En Las Plantas De Personal De Las Agencias, Lo Cual Deberá Efectuarse A Más Tardar Dentro De Los Treinta (30) Días Hábiles Siguientes A La Expedición Del Presente Decreto6Los Empleados Del Incoder En Liquidación Que Se Incorporen En La Agencia Nacional De Tierras (Ant) Y En La Agencia De Desarrollo Rural (Adr), Percibirán A Partir De Su Vinculación En Las Agencias Los Beneficios Salariales Y Prestacionales Correspondientes Al Nuevo Régimen7El Presente Decreto Complementa El Contenido Del Decreto Número 421 Del 7 De Marzo De 2016 Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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