DecretoVigente
Decreto 1167 de 1996
por el cual se reglamenta el Decreto número 1050 de 1968 y el artículo 47 del Decreto 1333 de 1986 sobre la ubicación de la sede de los organismos de la Rama Ejecutiva del orden Nacional.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Organismos De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional Que Tengan Su Sede Ubicada En El Área Central De Santa Fe De Bogotá, Podrán Trasladaría Dentro Del Perímetro Urbano, Siempre Que Así Lo Permitan Los Planes Y Normas Urbanísticas Y De Usos Del Suelo Del Distrito Capital, Previo Concepto Favorable Del Departamento Administrativo De Planeación Distrital2º3º4Artículo 45º
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Carlos Ramirez JaramilloEl Director del Departamento Nacional de Planeación