DecretoVigente
Decreto 1153 de 1942
Por el cual se reforman los parágrafo 2° del articulo 32 y único del artículo 74 del Decreto-ley 1123 de 1942
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Refórmanse Los Paragrafos 2° Del Artículo 32 Y Único Del Artículo 74 Del Decreto-Ley 1123 De 1942, En El Sentido De Disponer Que Los Oficiales De Las Fuerzas Militares Contribuyan Para La Caja De Sueldos De Retiro Respectiva, Con El 4 % De Su Sueldo Durante Los Meses De Mayo A Agosto, Inclusive, Del Presente Año, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Artículo 74 Antes Mencionado2El Descuento Del 6 % De Que Trata El Parágrafo 2° Del Artículo 32 Del Decreto 1123 De 1942, Se Efectuará A Partir Del 1° De Septiembre De 1942
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