DecretoVigente
Decreto 1131 de 2019
por el cual se ajusta el presupuesto del bienio 2019-2020 del Sistema General de RegalÃas, trasladando recursos del Fondo de Desarrollo Regional a los beneficiarios de asignaciones directas y se dictan otras disposiciones.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Contracredítese El Capítulo Ii - Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Beneficiarios Subcapítulo 2 - Fondo De Desarrollo Regional (Fdr) Compensación Asignaciones Directas, La Suma De Setecientos Sesenta Y Siete Mil Quinientos Seis Millones Novecientos Ochenta Y Dos Mil Cuatrocientos Treinta Y Seis Pesos ($7672Con Base En El Contracrédito Efectuado En El Artículo 1°, Acredítese En El Capïtulo Iii Presupuesto De Las Entidades Receptoras Directas De Regalías Y Compensaciones3Dando Cumplimiento A Lo Establecido En El Parágrafo Del Artículo 12 Del Decreto 606 De 2019, Una Vez Realizada La Compensación Del 2018, Efectúense Los Siguientes Ajustes Al Presupuesto Del Sistema General De Regalías 2019-2020, Contracreditando Recursos Del Capítulo Ii - Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Beneficiarios Subcapítulo 2 – Fondo De Desarrollo Regional - Fdr Compensación Asiganaciones Directas, La Suma De Ciento Setenta Y Siete Mil Cuatrocientos Veintidos Millones Novecientos Setenta Y Tres Mil Quinientos Once Pesos Moneda Legal ($1774Con Base En El Contracrédito Efectuado En El Artículo Anterior Acredítese En El Capïtulo Ii - Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Beneficiarios Subcapítulo 2 – Fondo De Desarrollo Regional - Proyectos De Inversión Para Ser Destinados A Proyectos De Inversión, La Suma De Ciento Setenta Y Siete Mil Cuatrocientos Veintidos Millones Novecientos Setenta Y Tres Mil Quinientos Once Pesos Moneda Legal ($1775Las Entidades Ejecutoras De Recursos Del Sistema General De Regalías Deberán Hacer Uso Del Sistema De Presupuesto Y Giro De Regalías (Spgr) De Conformidad Con El Artículo 19 De La Ley 1942 De 20186Las Entidades Territoriales Beneficiarias De Las Compensaciones De Que Trata El Presente Decreto, Deberán Destinar Los Recursos Asignados, De Acuerdo Con Las Normas Y Procedimientos Que Regulan El Sistema General De Regalías Aplicables A Las Asignaciones Directas7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el parágrafo transitorio segundo del artículo 361 de la Constitución Política y por el artículo 15 de la Ley 1942 de 2018
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Fernanda Suárez LondoñoLa Ministra de Minas y Energía
- Gloria Alonso MásmelaLa Directora del Departamento Nacional de Planeación