DecretoDerogado
Decreto 108 de 1988
por el cual se establecen las escalas de remuneración del personal docente de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 1988, Los Docentes De La Universidad Tecnológica De Los Llanos Orientales Recibirán La Remuneración Correspondiente A Su Categoría Y Nivel, Según La Siguiente Escala: Categoria Nivel Asignacion Mensual Instructor I $ 872Los Docentes De La Universidad Tecnológica De Los Llanos Orientales, Que Perciben Una Remuneración Superior A La Categoría Y Nivel En El Que Se Encuentran Escalafonados, Continuarán Recibiendo Esa Asignación Hasta Que Cambien De Categoría Y Nivel3El Sistema De Puntos Regulado En El Decreto 3269 De 1980, Para Establecer La Categoría Del Personal Docente, Sólo Podrá Ser Modificado Por Disposición Con Fuerza De Ley4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1988
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 55 de 1987
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Antonio Yepes ParraEl Ministro de Educación Nacional
- Joaquín Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil