Decreto
Decreto 1079 de 2023
Por el cual se adiciona el Título 26 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para establecer las condiciones para la prestación del servicio de Internet comunitario fijo.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese El Título 26 A La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Número 1078 De 2015, Decreto Único Reglamentario Del Sector De Las Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones, El Cual Quedará Así: “título 26 Condiciones Para La Prestación Del Servicio De Internet Comunitario Fijo Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 22Vigencia Y Adición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las que le confieren el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y los artículos 4° y 18 numeral 19 de la Ley 1341 de 2009, y
- Óscar Mauricio Lizcano ArangoEl Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones