DecretoVigente
Decreto 1075 de 1919
Por el cual se reglamentan las funciones de la Inspección y Subinspecciones de Circulación
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Sección De Inspección Y Circulación, Creada Por La Ley 51 De 1918, Ejercerá Las Siguientes Funciones: 12El Jefe De La Inspección De Circulación Ejercerá Sus Funciones En La Capital De La República Y En Los Departamentos A Donde El Gobierno Le Ordene Trasladarse3Los Subinspectores De La Circulación Ejercerán Las Funciones Que Este Decreto Asigna Al Inspector En Los Departamento A Donde Se Les Designe4El Ministerio Del Tesoro Podrá Asignar A Los Visitadores Fiscales Creados Por Las Leyes, Las Funciones A Que Se Refiere Este Decreto En Los Lugares Donde No Haya Subinspectores En Ejercicio5El Inspector Y Los Subinspectores De Circulación Informarán Mensualmente Al Ministerio Del Tesoro Acerca De Las Visitas Y Diligencias Que Hayan Practicado En Desempeño De Dichos Cargos6Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Expedición
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