°. El Inspector y los Subinspectores de Circulación informarán mensualmente al Ministerio del Tesoro acerca de las visitas y diligencias que hayan practicado en desempeño de dichos cargos. Con los datos de tales informes el Inspector de la Circulación formará el que haya de incluirse en la Memoria anual del Ministerio.
Decreto 1075 de 1919 →Vigente
Artículo 5
El Inspector Y Los Subinspectores De Circulación Informarán Mensualmente Al Ministerio Del Tesoro Acerca De Las Visitas Y Diligencias Que Hayan Practicado En Desempeño De Dichos Cargos
Decreto 1075 de 1919 · Por el cual se reglamentan las funciones de la Inspección y Subinspecciones de Circulación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.