DecretoVigente
Decreto 107 de 1987
por medio del cual se modifican los niveles porcentuales del CERT.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Exportaciones De Productos Diferentes De Café Petróleo Sus Derivados Que Se Embarquen A Partir De La Publicación Del Presente Decreto Tendrán Niveles Porcentuales De Certificado De Reembolso Tributario -Cert- Para Las Posiciones O Ítems Arancelarios Que Se Relacionan A Continuación Posiciones O Ítems Arancelarios Nombre De Los Productos Niveles De Cert En Porcentajes Capitulo 1 Animales Vivos2Cuando El Nivel Del Certificado De Reembolso Tributario-Cert-Para Un Producto De Exportación Sea Del Cero (0) Por Ciento La Sociedad De Comercialización Internacional Inscrita Ante La Junta De Comercializadoras Que Lo Exporte No Tendrá Derecho A Percibir El 1% Del Valor Del Reintegro Establecido En El Artículo 19 Del Decreto 636 De 1984 En El Inciso 3º Del Artículo 15 Del Decreto 1519 De 19843El Nivel Del Certificado De Reembolso Tributario-Cert-Para Los Bienes A Que Se Refiere El Artículo 7º Del Decreto 1518 De Junio 19 De 1984 Será Del 9% Para Aquellas Licitaciones Que Se Abran A Partir De La Publicación Del Presente Decreto Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Derogado Artículo 1 Decreto 1873 De 1987 Derogado Artículo 1 Decreto 1673 De 19874El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Comuníquese Cúmplase Dado En Bogotá D E
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