DecretoVigente
Decreto 1066 de 1949
Por el cual se crea el cargo de Secretario Permanente del Consejo Nacional del Transporte y se fijan sus funciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Cargo De2El Secretario Permanente Del Consejo Nacional Del Transporte Deberá Asegurar La Efectiva Coordinación De Los Distintos Medios Y Sistemas De Transporte, Y Tendrá A Su Cargo La Labor De Enlace Entre El Consejo Nacional Del Transporte Y Los Diversos Organismos Técnicos Representados En Aquél3Para Desempeñar El Cargo Que Se Crea Por El Presente Decreto Es Necesario Llenar, Por Lo Menos, Uno De Los Requisitos Especificados A Continuación: A) Haber Desempeñado Durante' Un Año Un Cargo Público De Dirección Y Administración; B) Haber Desempeñado Durante Dos Años Cargos De Dirección Y Administración, En Empresas Particulares; C) Ser Profesional Titulado O Inscrito
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