DecretoVigente
Decreto 1049 de 1908
Por el cual se cambia la cabecera de un Distrito, se segrega del mismo un corregimiento para agregarlo a otro y se hace una modificación en el territorio
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Transladáse Al Caserío De San Lorenzo La Cabecera Del Distrito De Guayabal, El Cual Llevará En Los Sucesivo Aquel Nombre2Segrégase Del Municipio De San Lorenzo El Corregimiento De Méndez, Por Sus Actuales Límites, Y Agrégase Al De Honda, Departamento De Ibagué3Segrégase Del Municipio De Lérida Y Agrégase Al De San Lorenzo El Territorio Comprendido Desde El Nacimiento Del Río Bledo Hasta Su Desembocadura En El Río Lagunilla4El Presente Decreto Regirá Desde El Primero De Octubre Próximo
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