Vigilancia por parte de la Superintendencia de Sociedades -Documentación Requerida.
Texto del concepto
Ref: Vigilancia por parte de la Superintendencia de Sociedades -Documentación Requerida Me refiero a su comunicación radicada con el número 2004-01-112862, por la cual realiza la siguiente consulta. Para una sociedad que incurra en la causal de vigilancia del inciso b del artículo primero del Decreto 3100 de 1997, es decir sus ingresos al cierre del 2003 superan los 2000 salarios mínimos quedando sujeta a vigilancia a partir del primero de abril de 2004, qué trámites debe acometer ante ese organismo y cuáles son los plazos establecidos para estos Sobre el particular, me permito manifestarle que toda vez que la sociedad objeto de su consulta esta vigilada por esta Superintendencia, es preciso remitir de manera inmediata al Grupo de Tramites Societarios, la siguiente documentación: 1. Copia auténtica de la Escritura Pública de Constitución de la compaía, así como de sus reformas, si las hubiere. 2. Copia de los Estados Financieros que confirman la ocurrencia de la respectiva causal debidamente certificados. 3. Certificado reciente de existencia y representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio correspondiente. 4. Pagar una contribución establecida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 222 de 1995. Para tal efecto deberá comunicarse con el Grupo de Cartera de la Entidad a los teléfonos 3245544 y 3245777, extensiones 213, 227, una vez haya remitido la información financiera a que hace mención el numeral 2. De otra parte, le informo que no existe disposición legal que conceda plazo para remitir la documentación mencionada.