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📑 Concepto jurídico

OBLIGACIÓN DE TENER REVISOR FISCAL

24 de marzo de 2009Rad. 2009-01-108691
Revisor fiscalSociedad

Texto del concepto

ASUNTO: OBLIGACIÓN DE TENER REVISOR FISCAL Me refiero a su comunicación dirigida a la Superintendencia de Industria y Comercio, y remitida a este Despacho por conducto de la Jefe de la Oficina Jurídica de esa dependencia, radicada con el número 2009-01-055143, mediante la cual consulta lo siguiente: Una sociedad que quedó obligada a tener revisor fiscal por la vigencia fiscal de 2008, con base en los ingresos de la vigencia fiscal 2007, pero al corte de 31 de diciembre de 2008, la base de los ingresos para estar obligado a tener revisor fiscal por la vigencia fiscal de 2009, es inferior, debe continuar con tal obligación en la vigencia fiscal de 2009 . Sobre el particular, es pertinente tener en cuenta que conforme al parágrafo segundo del artículo 13 de la ley 43 de 1990, es obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos yo cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente a tres mil salarios mínimos. En este orden de ideas, si cesan los presupuestos enunciados, también la obligación correspondiente y en tal virtud, a juicio de esta oficina en el presupuesto planteado, salvo que existan otras causales que den lugar a la obligación, la sociedad no estaría en la obligación de designar revisor fiscal. Artículo 203 del Código de Comercio. En los anteriores términos ha sido atendida su inquietud, no sin antes manifestarle que el presente oficio tiene los alcances del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Fuentes jurídicas