Libro de actas de asambleas – Utilización de los dos lados de una hoja.
Texto del concepto
ASUNTO: LIBRO DE ACTAS DE ASAMBLEAS UTILIZACIÓN DE LOS DOS LADOS DE UNA HOJA. Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2014-01- 455093, por la cual realiza la siguiente consulta: Me encuentro incursa en un incumplimiento de las normas mercantiles sobre la forma de llevar los libros de comercio, cuando imprimo mis actas de asamblea de accionistas por ambas caras de la hoja, pero una de las caras de la misma hoja carece de sello de cámara de comercio y numeración Sobre el sello me permito colocar en conocimiento que cámara de comercio se niega a sellar ambas caras de una misma hoja. Sobre el particular, me permito manifestarle que sobre tema objeto de su inquietud, esta Superintendencia de Sociedades se ha pronunciado en diversas oportunidades, por lo basta remitirse a los apartes pertinentes del Oficio 220-55501 del 2 de septiembre de 2003, que expresa su criterio frente a la impresión de las actas en las dos caras de una misma hoja del libro. .. 3. La impresión se realizó a dos 2 caras, Es esto incorrecto De ser así cómo se puede subsanar Al respecto, se advierte que los artículos 28, ordinal 7 y 195 del Código de Comercio, los cuales en concordancia con los artículos 123 y siguientes del Decreto 2649 de 1993, regulan los asuntos relativos al libro de actas y el consiguiente registro, contemplan una serie de aspectos atinentes al manejo y en general la forma de llevar los libros sin embargo, éstos no establecen de manera expresa condición ni formalidad alguna en la cual se exija que la impresión de las actas sólo pueda efectuarse en las hojas que llevan impreso el sello de seguridad que da cuenta de su autenticación, ni tampoco prohibición que impida la utilización por el lado anverso de las mismas. Por consiguiente y teniendo en cuenta adicionalmente que en todo caso las hojas de los libros deben ser foliadas en forma continua, es dable inferir que para efectos de imprimir las actas pueden utilizarse los dos lados de las mismas. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del pronunciamiento invocado son los descritos en el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo.
Fuentes jurídicas
- Oficio 220-55501 del 2 de septiembre de 2003 Doctrinal
- Decreto 2649 de 1993 Legal· Vigente
- Artículo 28 del Código contencioso Administrativo Legal