Micelio
📑 Concepto jurídico

220-55501, septiembre 02 de 2003 Libro de Actas

1 de septiembre de 2003
Actas

Texto del concepto

Ref.: Libro de Actas Me refiero a su comunicación radicada con el No. 2003-01-135252, mediante la cual consulta si para efectos de imprimir las actas en el libro respectivo, es procedente utilizar únicamente las hojas donde se encuentra ubicado el sello, o si es posible imprimir también en el anverso de la hoja. Al respecto, se advierte que los artículos 28, ordinal 7 y 195 del Código de Comercio, los cuales en concordancia con los artículos 123 y siguientes del Decreto 2649 de 1993, regulan los asuntos relativos al libro de actas y el consiguiente registro, contemplan una serie de aspectos atinentes al manejo y en general la forma de llevar los libros sin embargo éstos no establecen de manera expresa condición ni formalidad alguna en la cual se exija que la impresión de las actas sólo pueda efectuarse en las hojas que llevan impreso el sello de seguridad que da cuenta de su autenticación, ni tampoco prohibición que impida la utilización por el lado anverso de las mismas. Por consiguiente y teniendo en cuenta adicionalmente que en todo caso las hojas de los libros deben ser foliadas en forma continua, es dable inferir que para efectos de imprimir las actas pueden utilizarse los dos lados de las mismas.

Fuentes jurídicas