Micelio

Artículo 5

La Secretaría De Integración Popular Suministrará Los Recursos Necesarios Para El Establecimiento De Cooperativas De Personas Perteneciente A Los Grupos Marginados Que, En Forma Espontánea, Desean Participar En Ellas, Y Cuyo Objeto Será La Producción De Bienes Característicos De Industrias Pequeñas, Ya Sean Artesanales O Concernientes A La Agricultura Y A La Ganadería Menores

Decreto 1543 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre integración popular y se crean la secretaría y el fondo correspondiente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Secretaría de Integración Popular suministrará los recursos necesarios para el establecimiento de cooperativas de personas perteneciente a los grupos marginados que, en forma espontánea, desean participar en ellas, y cuyo objeto será la producción de bienes característicos de industrias pequeñas, ya sean artesanales o concernientes a la agricultura y a la ganadería menores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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