º Los dividendos que en cada ejercicio fiscal le correspondan a la Caja Nacional de Previsión Social, por razón de las acciones que posea en La Previsora S. A., compañía de Seguros, de acuerdo con la distribución de utilidades del correspondiente ejercicio fiscal y aquellos que le corresponden de acuerdo con lo establecido por el artículo 2º de la Ley 57 de 1964, se destinarán al pago de las pensiones a cargo de la Caja Nacional de Previsión Social.
Decreto 386 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º Los Dividendos Que En Cada Ejercicio Fiscal Le Correspondan A La Caja Nacional De Previsión Social, Por Razón De Las Acciones Que Posea En La Previsora S
Decreto 386 de 1988 · Por el cual se reglamenta el articulo 2 de la Ley 57 de 1964.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.