Micelio

Artículo 17

El Vigilante En El Desempeño De Su Empleo, Sólo Portará El Arma Suministrada Directamente Por La Compañía O Sociedad De Vigilancia A La Cual Pertenece

Decreto 195 de 1973 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Código Nacional de la Policía y del Estatuto Orgánico de la Policía Nacional sobre Vigilancia Privada

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El vigilante en el desempeño de su empleo, sólo portará el arma suministrada directamente por la compañía o sociedad de vigilancia a la cual pertenece.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 195 de 1973