Micelio

Artículo 2.5.3.10.7

Viabilidad Y Seguimiento

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Viabilidad y seguimiento. La viabilidad técnica y financiera de los proyectos estará a cargo del Ministerio de Educación Nacional. Para poder acceder a la línea de redescuento creada por el presente Capítulo, las instituciones de educación superior deberán presentar un proyecto, de acuerdo con la guía que para tal efecto expida el Ministerio de Educación Nacional.

El Ministerio de Educación Nacional establecerá los mecanismos que permitan realizar el seguimiento a los proyectos financiados con la línea de redescuento con tasa compensada.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015