Micelio

Artículo 39

Ley 527 de 1999 · por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos,del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deberes, de los suscriptores. Son deberes. de los suscriptores:

1.

Recibir la firma digital Por parte de la entidad de certificación o generarla, utilizando un método autorizado por ésta.

2.

Suministrar la información que requiera la entidad de certificación.

3.

Mantener el control de la firma digital.

4.

Solicitar oportunamente la revocación de los certificados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-662/00ConstitucionalidadEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
Ver toda la Ley 527 de 1999