° De las asignaciones. A partir del 1° de enero de 1980, fíjanse las siguientes escalas de remuneración básica mensual para el personal docente a que se refiere el artículo anterior: Grado Asignación básica mensual. A 6.300 B 7.000 1 7.600 2 8.200 3 8.700 4 9.200 5 9.900 6 10.800 7 12.300 8 14.300 9 15.900 10 18.400 11 21.500 12 25.800 13 30.300 14 34.800
Los maestros sin categoría .que laboren en educación primaria devengarán $ 5.600.00 mensuales y los profesores sin categoría que laboren en secundaria $ 9.200.00 mensuales.