Micelio

Artículo 1

Créanse Los Siguientes Puestos En El Ministerio De Agricultura Y Comercio: Para La Sección De Negocios Generales, Un Conserje Vigilante; Para El Departamento De Agricultura, Un Ayudante Del Meteorólogo, Una Mecanógrafa, Un Ayudante Distribuidor De Semillas Y Boletines Y

Decreto 1347 de 1934 · Por el cual se hacen unos nombramientos y se modifica la distribución del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Comercio, hecha por medio del Decreto número 1220, del 12 de junio del año en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Créanse los siguientes puestos en el Ministerio de Agricultura y Comercio: para la Sección de Negocios Generales, un Conserje Vigilante; para el Departamento de Agricultura, un Ayudante del Meteorólogo, una Mecanógrafa, un Ayudante distribuidor de semillas y boletines y. un Cartero, con las asignaciones siguientes: cincuenta pesos ($ 50), noventa pesos ($ 90), ochenta pesos ($ 80), setenta pesos ($ 70), y cuarenta pesos ($ 40) mensuales, respectivamente.

Parágrafo

Para desempeñar los puestos de que trata el artículo anterior, nombrase a los señores Carlos E. Gómez, Alberto Franco Uribe, Inés Martínez Delgado, Juaquín Elías Uribe y Demetrio Riberos, en su orden.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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