Micelio

Artículo 43

Contenido De Las Etiquetas, Rótulos Y Empaques De Los Medicamentos Homeopático S

Decreto 3554 de 2004 · por el cual se regula el régimen de registro sanitario, vigilancia y control sanitario de los medicamentos homeopáticos para uso humano y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de las etiquetas, rótulos y empaques de los medicamentos homeopático s. El contenido o leyendas de las etiquetas, rótulos y empaque de los medicamentos homeopáticos, requieren aprobación del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, y deberán contener la siguiente información

a)

Denominación científica o nombre comercial del medicamento, según el caso;

b)

La composición del medicamento identificando cada uno de los componentes o cepas homeopáticas utilizadas con la nomenclatura botánica, zoológica, química o biológica respectiva, en latín, dilución y escala de dinamización, conforme a la farmacopea homeopática oficial vigente empleada e indicando además los vehículos utilizados;

c)

Número de lote de fabricación;

d)

Cantidad contenida en el envase;

e)

Vía de administración;

f)

Forma Farmacéutica;

g)

Fecha de vencimiento;

h)

Número del Registro sanitario;

i)

Condiciones de almacenamiento;

j)

Advertencias, en caso de ser necesario;

k)

Nombre y domicilio del titular;

l)

Nombre y domicilio del laboratorio homeopático fabricante;

m)

La Leyenda “Medicamento Homeopático”;

n)

La leyenda “Venta bajo prescripción médica”;

o)

La leyenda “Manténgase fuera del alcance de los niños”.

Parágrafo 1

Las etiquetas, rótulos o empaques correspondientes a los medicamentos homeopáticos cuyo cambio de nombre haya sido autorizado por la autoridad sanitaria podrán incluir a continuación del nuevo nombre la frase ANTES DENOMINADO..., seguida del nombre antiguo, durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de la resolución de autorización.

Parágrafo 2

En los medicamentos homeopáticos cuyas unidades están protegidas en tiras de celofán, aluminio o blister-pack, cada tira o lámina deben llevar impreso claramente, el nombre registrado del producto que corresponde a su etiqueta externa, el número del registro sanitario, la fecha de expiración y el número de lote.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3554 de 2004