Micelio

Artículo 26

El Secretario General Depende Del Rector Y Tiene Las Siguientes Funciones: A) Refrendar Con Su Firma Los Acuerdos Y Demás Actos Expedidos Por Los Consejos Superior Y Académico, Los Cuales Deberán Ser Suscritos Por El Respectivo Presidente; B) Elaborar Y Firmar Conjuntamente Con El Presidente Del Consejo Superior Y Del Consejo Académico Los Actos Correspondientes A Sus Sesiones; C) Refrendar Con Su Firma Las Resoluciones Que Expida Al Rector; D) Conservar Y Custodiar En Condiciones Adecuadas Los Archivos Generales Y Los Correspondientes Al Consejo Superior Y Demás Órganos De Los Cuales Sea Secretario Conforme A Lo Dispuesto Por El Presente Estatuto; E) Autenticar La Firma De Los Presidentes De Los Consejos Superior Y Académico, Del Rector, De Los Vicerrectores, Del Director Administrativo Y De Los Decanos; F) Notificar En Los Términos Legales Y Reglamentarios, Los Actos Que Expidan El Rector Y Las Corporaciones De Los Cuales Sea Secretario; G) Las Demás Que Le Corresponda De Acuerdo Con La Naturaleza De Su Cargo

Decreto 3139 de 1980 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 10 de 4 de junio de 1980, expedido por el Consejo Superior Universitario, sobre adopción del estatuto general de la Universidad Francisco de Paula Santander, con las modificaciones de los artículos 13, 18 y 25 contenidas en el Acuerdo 022 de 21 de agosto de 1980

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Secretario General depende del Rector y tiene las siguientes funciones

a)

Refrendar con su firma los acuerdos y demás actos expedidos por los Consejos Superior y Académico, los cuales deberán ser suscritos por el respectivo Presidente;

b)

Elaborar y firmar conjuntamente con el Presidente del Consejo Superior y del Consejo Académico los actos correspondientes a sus sesiones;

c)

Refrendar con su firma las resoluciones que expida al Rector;

d)

Conservar y custodiar en condiciones adecuadas los archivos generales y los correspondientes al Consejo Superior y demás órganos de los cuales sea secretario conforme a lo dispuesto por el presente estatuto;

e)

Autenticar la firma de los Presidentes de los Consejos Superior y Académico, del Rector, de los Vicerrectores, del Director Administrativo y de los Decanos;

f)

Notificar en los términos legales y reglamentarios, los actos que expidan el Rector y las corporaciones de los cuales sea Secretario;

g)

Las demás que le corresponda de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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