No obstante lo dispuesto en este Decreto, el Comité Nacional de Emergencia puede vincular a las campañas de socorro, restauración y asistencia social en eventos de grave emergencia, a entidades del sector oficial, institutos descentralizados y empresas de derecho privado y personas naturales, los cuales, en los términos del Decreto legislativo número 3398 de 1965 y del Decreto-ley 2341 de 1971, están obligados a prestar su concurso en la realización de las tareas programadas.
Artículo 15
No Obstante Lo Dispuesto En Este Decreto, El Comité Nacional De Emergencia Puede Vincular A Las Campañas De Socorro, Restauración Y Asistencia Social En Eventos De Grave Emergencia, A Entidades Del Sector Oficial, Institutos Descentralizados Y Empresas De Derecho Privado Y Personas Naturales, Los Cuales, En Los Términos Del Decreto Legislativo Número 3398 De 1965 Y Del Decreto-Ley 2341 De 1971, Están Obligados A Prestar Su Concurso En La Realización De Las Tareas Programadas
Decreto 2901 de 1979 · Por el cual se reglamenta la Ley 9ª de 1979
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.