° Establécense en el Estado de Bolívar Recaudadores especiales del empréstito forzoso, investidos de jurisdiccion coactiva, i se autoriza al Poder Ejecutivo del mismo Estado para nombrarlos, i exijir a cada uno, en seguridad de su manejo, una fianza por la cantidad i en los términos que, a su juicio, convengan.
Decreto 703 de 1877 →Vigente
Artículo 1
Establécense En El Estado De Bolívar Recaudadores Especiales Del Empréstito Forzoso, Investidos De Jurisdiccion Coactiva, I Se Autoriza Al Poder Ejecutivo Del Mismo Estado Para Nombrarlos, I Exijir A Cada Uno, En Seguridad De Su Manejo, Una Fianza Por La Cantidad I En Los Términos Que, A Su Juicio, Convengan
Decreto 703 de 1877 · Por el cual se establecen en el Estado de Bolívar Recaudadores especiales del empréstito forzoso i se les asigna un sueldo eventual
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.