Los autos en que se admitan o rechace la constitución de parte civil, y los que se niegue la admisión o la practica de pruebas, son apelables en el efecto devolutivo cuando fueren dictados dentro del sumario, y en el efecto suspensivo, si fueren dentro del juicio. Los autos que nieguen o decreten la acumulación de procesos y los que califiquen el merito del sumario, serán apelables en el efecto suspensivo, con excepción del sobreseimiento temporal que será en el devolutivo.
Decreto 1358 de 1964 →Vigente
Artículo 30
Los Autos En Que Se Admitan O Rechace La Constitución De Parte Civil, Y Los Que Se Niegue La Admisión O La Practica De Pruebas, Son Apelables En El Efecto Devolutivo Cuando Fueren Dictados Dentro Del Sumario, Y En El Efecto Suspensivo, Si Fueren Dentro Del Juicio
Decreto 1358 de 1964 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre Procedimiento Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.