Micelio

Artículo 29

Los Honorarios De Los Síndicos, Se Tasarán Y Decretarán Conforme A Las Reglas Establecidas Para Los Secuestres, En Cuanto A La 'administración, Y A Las Relativas A Los Curador Ad Lítem, En Cada Juicio En Que Hayan Intervenido En Defensa De Los Intereses A Ellos Confiados

Decreto 2367 de 1968 · por el cual se reglamenta el artículo 30 de la Ley 16 de 1968, en lo relativo a la designación y remuneración de los auxiliares y colaboradores de la justicia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los honorarios de los síndicos, se tasarán y decretarán conforme a las reglas establecidas para los secuestres, en cuanto a la 'administración, y a las relativas a los curador ad lítem, en cada juicio en que hayan intervenido en defensa de los intereses a ellos confiados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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