Micelio

Artículo 7

Los Miembros De La Junta Directiva Tendrán Un Período De Dos (2) Años, Sin Perjuicio De Lo Dispuesto Por El Artículo 20 Del Decreto 3130 De 1968

Decreto 1823 de 1972 · Por el cual se clasifica y adscribe al Ministerio de Educación Nacional el Instituto Nacional para Sordos-INSOR y se aprueban sus estatutos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los miembros de la Junta Directiva tendrán un período de dos (2) años, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 20 del Decreto 3130 de 1968. Los representantes de la Curia Primada y de los sordos y limitados del lenguaje podrán ser reelegidos indefinidamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1823 de 1972