Micelio

Artículo 4

La Inscripción Es Un Acto Personal Que Requiere La Presencia Riel Ciudadano Y Su Identificación Por Uno De Los Medios Indicados En El Decreto

Decreto 400 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4°. La inscripción es un acto personal que requiere la presencia riel ciudadano y su identificación por uno de los medios indicados en el Decreto. El periodo de inscripción comenzará el 2 de enero de 1958, y terminará el 2 de marzo siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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