ARTICULO 83. Las resoluciones mediante las cuales se concede o niega una Licencia Sanitaria son susceptibles del recurso de reposición ante el funcionario que expidió el acto administrativo y el de apelación ante el Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto por el Código Contencioso Administrativo.
Artículo 83
Las Resoluciones Mediante Las Cuales Se Concede O Niega Una Licencia Sanitaria Son Susceptibles Del Recurso De Reposición Ante El Funcionario Que Expidió El Acto Administrativo Y El De Apelación Ante El Ministerio De Salud, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Código Contencioso Administrativo
Decreto 1571 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, procesamiento, conservación y transporte de sangre total o de sus hemoderivados, se crean la Red Nacional de Bancos de Sangre y el Consejo Nacional de Bancos de Sangre y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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